Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas Málaga Vivienda
Vivienda Málaga Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al alquiler en Villanueva del Trabuco

Ayuda municipal al alquiler para jóvenes y colectivos de Villanueva del Trabuco

Lo que significa

Qué es
Ayuda del Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco para pagar el alquiler de vivienda a jóvenes y a otros colectivos del municipio.
Para quién
Jóvenes, víctimas de violencia de género, familias monoparentales y personas con discapacidad que viven de alquiler en el municipio.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Gastos realizados para el alquiler de una vivienda ubicada en el municipio de Villanueva del Trabuco
Requisitos
  • Eres persona física y perteneces a uno de los colectivos: jóvenes de 18 a 35 años, víctimas de violencia de género, familias monoparentales o personas con grado de discapacidad superior al 33%
  • Figuras empadronado en la vivienda objeto de la ayuda
  • Llevas empadronado en Villanueva del Trabuco al menos un año antes de la solicitud
  • No posees ninguna vivienda en propiedad, salvo en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género cuando el supuesto agresor hace uso de la vivienda de su propiedad
  • No tienes vinculación familiar con el arrendador hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
  • Estás al corriente de pagos de impuestos, tasas, arbitrios y sanciones con el ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Si obtienes una pre-concesión, presenta el contrato de alquiler en el ayuntamiento en el plazo de un mes desde la notificación
  • Solicita el empadronamiento en esa vivienda dentro de ese mismo plazo de un mes
  • En los supuestos de pre-concesión, aporta después de la concesión la factura del aval o el resguardo del depósito de la fianza
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes entre 18 y 35 años y vives de alquiler en Villanueva del Trabuco
  • Eres víctima de violencia de género
  • Formas una familia monoparental
  • Tienes un grado de discapacidad superior al 33%
  • Llevas al menos un año empadronado en el municipio
  • Estás en riesgo de exclusión social y encuadrado en el Plan de Emergencia Municipal
  • Posees alguna vivienda en propiedad, salvo si eres mujer víctima de violencia de género y el supuesto agresor hace uso de esa vivienda
  • La vivienda que alquilas no está en Villanueva del Trabuco
  • El arrendador es familiar tuyo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
  • No llevas al menos un año empadronado en el municipio

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. Si el contrato de arrendamiento tiene varios titulares, la cuantía se divide entre el número total de titulares del contrato, con independencia de cuántos cumplan los requisitos o la soliciten: se entiende que es una prestación completa por contrato de alquiler, no por solicitante.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que perteneces a uno de los colectivos y cumples los requisitos generales

  2. Reúne el contrato de alquiler, tu documento de identidad y la licencia de ocupación del inmueble

  3. Pide al arrendador la declaración responsable de que la vivienda no tiene limitaciones legales de uso y cuenta con certificado de eficiencia energética

  4. Cumplimenta la solicitud con el modelo del Anexo I y las autorizaciones y declaraciones de los anexos II y III

  5. Presenta la solicitud en el ayuntamiento: el plazo está abierto permanentemente

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada conforme al modelo que corresponda (Anexo I)
  • Factura del coste de constitución del aval o copia del resguardo del depósito de la fianza
  • Fotocopia del contrato de alquiler, con expresión del importe mensual
  • DNI, NIF o NIE
  • Licencia de ocupación del inmueble o autorización administrativa equivalente
  • Declaración responsable del arrendador de que el inmueble no está sujeto a limitación legal de uso y cuenta con certificado de eficiencia energética (Anexo I)
  • Acreditación del grado de discapacidad, si procede
  • Autorización para recabar del Punto de Información Catastral la información sobre bienes inmuebles (Anexo II)
  • Declaración responsable de no poseer vivienda en propiedad, firmada por todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar (Anexo III)
  • Declaración de la renta de la unidad familiar o justificantes de ingresos acompañados de copia de la vida laboral

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el contrato tiene varios titulares?
La cuantía se divide entre el número total de titulares del contrato, sin importar cuántos cumplan los requisitos o la soliciten. Se entiende que es una prestación completa por contrato de alquiler, no por solicitante.
¿Puedo pedirla si estoy en riesgo de exclusión social?
No. Las personas en riesgo de exclusión social quedan excluidas de esta ayuda porque están encuadradas en el Plan de Emergencia Municipal, y ambas ayudas no son compatibles.
¿Puedo alquilar la vivienda a un familiar?
No. No puede existir vinculación familiar con el arrendador hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni por tu parte ni por la de las personas que habiten la vivienda y constituyan la unidad de convivencia.
¿Y si tengo una vivienda en propiedad?
No puedes acceder a la ayuda, salvo si eres mujer víctima de violencia de género y el supuesto agresor hace uso de la vivienda que tienes en propiedad.
¿Cómo se acredita ser víctima de violencia de género?
Con sentencia firme o con un informe de valoración emitido por los servicios sociales u organismo competente, sin necesidad de denuncia. Si no hay denuncia, el ayuntamiento remite la documentación al Instituto Andaluz de la Mujer.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas