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Ayudas Claras
Subvenciones Girona Cultura
Cultura Girona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades sociales y culturales de Vilafant

Hasta 1.500€ para las entidades sociales y culturales de Vilafant

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia no competitiva del Ayuntamiento de Vilafant para las actividades de las entidades sociales y culturales.
Para quién
Entidades y asociaciones sociales y culturales sin ánimo de lucro del municipio de Vilafant.
Cuánto
Hasta 1.500€ de subvención máxima: 900€ de importe fijo y una parte variable según la puntuación obtenida
Qué cubre
  • Gastos derivados del funcionamiento ordinario de la entidad
  • Organización y desarrollo de las actividades sociales y culturales
  • Gastos indirectos o generales, en la parte que razonablemente corresponda, con un máximo del 15% sobre los gastos directos justificados
Requisitos
  • Eres una entidad social o cultural de Vilafant
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Vilafant con una antigüedad mínima de dos años
  • Has justificado correctamente las subvenciones municipales que te concedieron antes, si las hubo
  • Has programado y llevado a cabo como mínimo dos actividades propias durante el año en Vilafant
  • Dispones de los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales de quienes tengan contacto habitual con menores, cuando sea legalmente exigible
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad que fundamenta la concesión en el plazo y las condiciones fijadas
  • Presenta la justificación por vía telemática con el modelo de cuenta justificativa normalizado
  • Aporta facturas emitidas a nombre de la entidad beneficiaria y pagadas dentro del periodo de justificación
  • Conserva las facturas correspondientes a los fondos recibidos durante el plazo establecido
  • Cumple la obligación de publicidad: incumplirla supone reintegrar el 5% del importe concedido
Cuándo
  • Abre: 16 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad social o cultural de Vilafant
  • Llevas al menos dos años inscrita en el Registro Municipal de Entidades
  • Has organizado al menos dos actividades propias durante el año en el municipio
  • Colaboras en las actividades y eventos que organiza el Ayuntamiento de Vilafant
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Vilafant
  • Tu entidad lleva inscrita menos de dos años
  • No has programado ni realizado al menos dos actividades propias durante el año en el municipio
  • No has justificado correctamente subvenciones municipales anteriores

Cuánto puedes recibir

La subvención máxima es de 1.500,00 euros. De esa cantidad, 900,00 euros son de importe fijo y se conceden una vez justificados los gastos subvencionables; el resto es variable y se reparte según la puntuación que obtengas en los criterios de valoración. En ningún caso la subvención puede superar el 90 % de los gastos efectivamente justificados y, si justificas menos gasto del concedido, el importe se reduce de forma proporcional.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad lleva al menos dos años inscrita en el Registro Municipal de Entidades

  2. Reúne el certificado de titularidad de la cuenta bancaria y el comprobante del pago del seguro de responsabilidad civil

  3. Rellena el formulario normalizado disponible en la sede electrónica del ayuntamiento

  4. Presenta la solicitud por el registro electrónico entre el 16 de julio y el 30 de agosto de 2026

  5. Subsana en diez días hábiles si el ayuntamiento te requiere documentación

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado de solicitud, disponible en la sede electrónica del ayuntamiento
  • Documento acreditativo de la representación, si procede
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Comprobante bancario del pago del seguro de responsabilidad civil
  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener la subvención

Preguntas frecuentes

¿Se compite con otras entidades por la ayuda?
No. La concesión se hace en régimen de concurrencia no competitiva.
¿Qué se valora para la parte variable?
El número total de socios inscritos, las actividades organizadas por la propia entidad con autofinanciación, la antigüedad y el arraigo en el municipio, la colaboración en las actividades del ayuntamiento y la participación en actos municipales.
¿Qué pasa si justifico menos gasto del concedido?
El importe de la subvención se reduce proporcionalmente. Además, en ningún caso puede superar el 90 % de los gastos efectivamente justificados.
¿Qué ocurre si no cumplo la obligación de publicidad?
Da lugar al reintegro del 5% del importe concedido.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Fuentes oficiales

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