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Ayudas Claras
Subvenciones Córdoba Cultura
Cultura Córdoba Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones sin ánimo de lucro de Monturque

Ayuda a proyectos deportivos, culturales y recreativos en Monturque

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Monturque para proyectos deportivos, culturales y recreativos de asociaciones.
Para quién
Asociaciones, cofradías y entidades privadas sin ánimo de lucro con sede en Monturque.
Cuánto
Reparto por valor-punto según la puntuación obtenida, sin que la aportación a cada proyecto supere el 25% de la dotación de la convocatoria
Qué cubre
  • Actividades deportivas: exhibiciones, campeonatos, cursos de formación, escuelas deportivas o rutas cicloturistas
  • Actividades recreativas como fiestas populares y verbenas, y culturales como festivales, conciertos, exposiciones o ediciones de libros
  • Gastos ligados directamente con el desarrollo del proyecto subvencionado
Requisitos
  • Eres una asociación, cofradía o entidad privada sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica
  • Tienes tu sede en el municipio de Monturque
  • Estás inscrita en el Registro Local de Asociaciones del Ayuntamiento de Monturque
  • Tus estatutos tienen carácter deportivo, cultural o recreativo
  • La actividad que propones se corresponde con los fines y actuaciones de tus estatutos
  • No tienes una subvención nominativa en el Presupuesto General de la Corporación de este año
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Lleva a cabo todas las actividades relacionadas en el proyecto objeto de subvención
  • Inserta el escudo del ayuntamiento en los carteles y demás medios publicitarios, del mismo tamaño que el de tu entidad
  • Entrega los carteles u otros medios de publicidad en el ayuntamiento al menos una semana antes de la actividad
  • Presenta la cuenta justificativa en los tres meses siguientes a la última actividad y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2026
  • Aporta el detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
  • No subcontrates, ni total ni parcialmente, la actividad subvencionada
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro con sede en Monturque
  • Tu entidad tiene carácter deportivo, cultural o recreativo según sus estatutos
  • Vas a organizar actividades en el término municipal de Monturque
  • Estás inscrita en el Registro Local de Asociaciones del ayuntamiento
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu sede no está en el municipio de Monturque
  • Ya tienes una subvención nominativa en el presupuesto municipal de este año
  • Tu actuación ya la está realizando alguna de las áreas del ayuntamiento por ser competencia suya, salvo que se considere complementaria de esta
  • No estás inscrita en el Registro Local de Asociaciones

Cuánto puedes recibir

El importe se calcula por valor-punto: el presupuesto de la convocatoria se divide entre el total de puntos obtenidos por todas las solicitudes y a cada entidad le corresponde lo que sumen sus puntos. La aportación del ayuntamiento a cada proyecto no puede superar en ningún caso el 25% de la dotación presupuestaria de la convocatoria, y la subvención tampoco puede superar el coste de la actividad, sola o junto a otras ayudas. Si sobra crédito, la comisión lo reparte proporcionalmente entre las solicitudes que no hayan obtenido el importe total pedido. El abono se realiza una vez justificada la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro Local de Asociaciones de Monturque

  2. Redacta la memoria del proyecto y el presupuesto desglosado de gastos e ingresos

  3. Rellena la solicitud en el modelo normalizado que figura como Anexo I

  4. Preséntala en la sede electrónica del ayuntamiento con la firma digital de la entidad o de su presidente

  5. Hazlo entre el 1 y el 22 de septiembre, ambos inclusive

  6. Subsana en diez días naturales si el ayuntamiento te requiere documentación

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
  • Memoria del proyecto de las actividades para las que pides subvención (Anexo II)
  • Presupuesto desglosado de gastos e ingresos previstos (Anexo III)
  • Declaración responsable de estar inscrito en el registro local de asociaciones
  • Certificado de titularidad bancaria de la entidad, con el código IBAN
  • Certificación del secretario de la asociación con la composición de la actual Junta Directiva
  • Copia compulsada del CIF de la entidad y del DNI de su representante
  • Copia compulsada de los estatutos
  • Certificado de no disponer de sede cedida por el Ayuntamiento de Monturque
  • Cuenta justificativa del gasto (Anexo IV) y detalle de otros ingresos o subvenciones (Anexo V)

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos no se subvencionan?
Los de actividades como convivencias o comidas y los de material inventariable, como equipos informáticos o mobiliario, incluida su amortización. Tampoco los destinados a equipamiento o mantenimiento de centros, locales y sedes, ni la telefonía fija o móvil.
¿Puedo subcontratar la actividad?
No. El beneficiario no puede subcontratar total ni parcialmente la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si justifico menos de lo previsto?
Si la justificación no alcanza el 100% pero supera el 80% de la actividad subvencionada, se reintegra el porcentaje dejado de ejecutar. Si no llega al 80%, se reintegra el 100% de la subvención.
¿Qué se valora del proyecto?
Los tramos de edad a los que se dirigen las actividades, la aportación propia y la viabilidad del proyecto, la pertenencia al Consejo Local de Participación Ciudadana, la paridad en la Junta Directiva, la duración del proyecto, no disponer de sede cedida por el ayuntamiento y la colaboración en actividades municipales.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en la web del ayuntamiento. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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