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Ayudas Claras
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Subvención para proyectos de igualdad en Astigarraga

Ayuda a asociaciones y personas para proyectos de igualdad en Astigarraga (2026).

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Astigarraga, por concurrencia, para proyectos que fomenten la igualdad de mujeres y hombres.
Para quién
Personas físicas, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que trabajen por la igualdad en Astigarraga.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Programas, proyectos y actividades para promover la igualdad de mujeres y hombres en Astigarraga
  • Gastos indirectos de las actividades hasta un máximo del 10% del total del proyecto: mantenimiento de la asociación, materiales, formación, imprenta, difusión, desplazamientos o alquiler de salas
Requisitos
  • Eres persona física que realiza actividades de igualdad en Astigarraga o estás empadronada en el municipio
  • Eres una asociación o persona jurídica sin ánimo de lucro que trabaja por la igualdad o tiene su sede en Astigarraga
  • Tu proyecto o actividad se ejecuta durante el año 2026, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
  • Si eres una entidad, estás inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Al menos el 40% de las personas beneficiarias de la actividad deben ser mujeres, salvo en las actividades dirigidas a hombres
  • Ejecutas el proyecto subvencionado durante el año 2026, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
  • Justificas la ayuda ante el Ayuntamiento tras realizar el proyecto
  • Evitas la sobrefinanciación: la suma de esta ayuda con otras no puede superar el coste del proyecto
Cuándo
  • Abre: 17 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro que trabaja por la igualdad
  • Eres una persona física que realiza actividades de igualdad en Astigarraga
  • Estás empadronada en Astigarraga o tu entidad tiene su sede en el municipio
  • Quieres desarrollar durante 2026 un proyecto de igualdad entre mujeres y hombres
  • Organizas actividades de sensibilización, formación o empoderamiento en igualdad
  • Tu proyecto no está relacionado con la igualdad de mujeres y hombres
  • No estás empadronada en Astigarraga ni tu entidad tiene sede o actividad allí
  • Tu persona jurídica tiene ánimo de lucro
  • Solo quieres financiar los gastos de personal de tu entidad
  • Quieres ejecutar el proyecto fuera del año 2026

Cuánto puedes recibir

El importe individual que recibes no aparece especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. No se subvencionan los gastos de personal de tu entidad, y los gastos indirectos solo se cubren hasta un máximo del 10% del total del proyecto. Si cuando solicitas la ayuda aún no has realizado la actividad, el Ayuntamiento te tramita de oficio un anticipo del 70%.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los formularios normalizados E093 (hoja de solicitud) y E097 (criterios lingüísticos) y el resto de documentación exigida

  2. Presenta la solicitud desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y hasta el 30 de septiembre de 2026

  3. Si te lo requieren por defectos en la solicitud, subsánalos en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles

  4. Si necesitas un anticipo adicional al 70% que se tramita de oficio, solicítalo expresamente junto con la solicitud

Documentación necesaria

  • Hoja de solicitud normalizada (formulario E093)
  • Documento que indica el grado de cumplimiento de los criterios lingüísticos (formulario E097)
  • Copia del Código de Identificación Fiscal (personas jurídicas) o del DNI (personas físicas)
  • Certificado de titularidad de la cuenta corriente de la persona o entidad solicitante
  • Plan de Igualdad, si se dispone de él
  • Justificantes de estar al corriente con la Hacienda Foral y la Seguridad Social, solo si ejerces el derecho de oposición
  • Para entidades: certificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, solo si ejerces el derecho de oposición
  • La documentación adicional exigida en la ordenanza municipal de subvenciones

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas para la misma actividad?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos de administraciones o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, pero está prohibida la sobrefinanciación.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta documentación?
Te requerirán para subsanarla en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles. Si no lo haces, se considerará que has desistido de la solicitud.
¿Se subvencionan los gastos de personal de mi entidad?
No. En ningún caso son subvencionables los gastos de personal de la entidad solicitante.

Fuentes oficiales

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