Subvención para proyectos de igualdad en Astigarraga
Ayuda a asociaciones y personas para proyectos de igualdad en Astigarraga (2026).
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Astigarraga, por concurrencia, para proyectos que fomenten la igualdad de mujeres y hombres.
- Para quién
- Personas físicas, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que trabajen por la igualdad en Astigarraga.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
-
- Programas, proyectos y actividades para promover la igualdad de mujeres y hombres en Astigarraga
- Gastos indirectos de las actividades hasta un máximo del 10% del total del proyecto: mantenimiento de la asociación, materiales, formación, imprenta, difusión, desplazamientos o alquiler de salas
- Requisitos
-
- Eres persona física que realiza actividades de igualdad en Astigarraga o estás empadronada en el municipio
- Eres una asociación o persona jurídica sin ánimo de lucro que trabaja por la igualdad o tiene su sede en Astigarraga
- Tu proyecto o actividad se ejecuta durante el año 2026, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
- Si eres una entidad, estás inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Al menos el 40% de las personas beneficiarias de la actividad deben ser mujeres, salvo en las actividades dirigidas a hombres
- Ejecutas el proyecto subvencionado durante el año 2026, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
- Justificas la ayuda ante el Ayuntamiento tras realizar el proyecto
- Evitas la sobrefinanciación: la suma de esta ayuda con otras no puede superar el coste del proyecto
- Cuándo
-
- Abre: 17 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro que trabaja por la igualdad
- Eres una persona física que realiza actividades de igualdad en Astigarraga
- Estás empadronada en Astigarraga o tu entidad tiene su sede en el municipio
- Quieres desarrollar durante 2026 un proyecto de igualdad entre mujeres y hombres
- Organizas actividades de sensibilización, formación o empoderamiento en igualdad
- Tu proyecto no está relacionado con la igualdad de mujeres y hombres
- No estás empadronada en Astigarraga ni tu entidad tiene sede o actividad allí
- Tu persona jurídica tiene ánimo de lucro
- Solo quieres financiar los gastos de personal de tu entidad
- Quieres ejecutar el proyecto fuera del año 2026
Cuánto puedes recibir
El importe individual que recibes no aparece especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. No se subvencionan los gastos de personal de tu entidad, y los gastos indirectos solo se cubren hasta un máximo del 10% del total del proyecto. Si cuando solicitas la ayuda aún no has realizado la actividad, el Ayuntamiento te tramita de oficio un anticipo del 70%.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne los formularios normalizados E093 (hoja de solicitud) y E097 (criterios lingüísticos) y el resto de documentación exigida
-
Presenta la solicitud desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y hasta el 30 de septiembre de 2026
-
Si te lo requieren por defectos en la solicitud, subsánalos en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles
-
Si necesitas un anticipo adicional al 70% que se tramita de oficio, solicítalo expresamente junto con la solicitud
Documentación necesaria
- Hoja de solicitud normalizada (formulario E093)
- Documento que indica el grado de cumplimiento de los criterios lingüísticos (formulario E097)
- Copia del Código de Identificación Fiscal (personas jurídicas) o del DNI (personas físicas)
- Certificado de titularidad de la cuenta corriente de la persona o entidad solicitante
- Plan de Igualdad, si se dispone de él
- Justificantes de estar al corriente con la Hacienda Foral y la Seguridad Social, solo si ejerces el derecho de oposición
- Para entidades: certificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, solo si ejerces el derecho de oposición
- La documentación adicional exigida en la ordenanza municipal de subvenciones