Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Lanzarote Servicios sociales
Servicios sociales Lanzarote Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para entidades sociales de Lanzarote

Subvención por concurrencia para proyectos sociales de entidades sin ánimo de lucro.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo de Lanzarote para proyectos de intervención social con colectivos vulnerables.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro con sede en Lanzarote o La Graciosa que trabajan en intervención social.
Cuánto
Hasta 90.000 € por proyecto, con un máximo del 100% del presupuesto del proyecto subvencionable.
Qué cubre
  • Salarios del personal contratado específicamente para el proyecto
  • Gastos corrientes como alquileres, reparaciones, seguros y desplazamientos
Requisitos
  • Ser una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente
  • Tener domicilio social o sede permanente en Lanzarote o La Graciosa
  • Tener entre tus fines la realización de actividades de intervención social y desarrollarlas efectivamente
  • No tener deudas pendientes por reintegro de subvenciones ni por vía de apremio con el Cabildo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto que fundamenta la concesión de la subvención
  • Justificar ante el Cabildo el cumplimiento y la ejecución del proyecto
  • Someterte a las actuaciones de comprobación y control financiero
  • Comunicar otras subvenciones o ingresos obtenidos para la misma finalidad
  • Conservar los documentos justificativos del gasto y dar difusión de la colaboración del Cabildo
Cuándo
  • Abre: 20 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Tu entidad tiene domicilio social o sede permanente en Lanzarote o La Graciosa
  • Desarrollas proyectos de intervención social con colectivos vulnerables
  • Trabajas en infancia, igualdad, adicciones, discapacidad, inclusión o inmigración
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Eres una entidad de derecho público o un colegio profesional
  • Eres una entidad educativa, juvenil o de padres y madres de alumnos
  • Tu proyecto ya está incluido en programas o servicios de otras administraciones

Cuánto puedes recibir

El importe máximo a solicitar por proyecto no puede superar los 90.000 €, y la subvención concedida no podrá superar el 100% del presupuesto del proyecto aceptado como subvencionable. La cuantía concreta de cada entidad se determina en concurrencia competitiva, según la puntuación obtenida y el reparto proporcional del crédito disponible. No se subvencionan más de tres proyectos por entidad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad y la memoria explicativa del proyecto

  2. Cumplimenta y firma electrónicamente los anexos de solicitud y la declaración responsable

  3. Presenta una única solicitud por proyecto en el registro electrónico de la sede del Cabildo

  4. Consulta las publicaciones y notificaciones en el tablón de anuncios de la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Código de Identificación Fiscal (CIF) de la entidad
  • Estatutos de la entidad y sus modificaciones
  • Certificado actualizado de composición de la junta directiva
  • Memoria explicativa de la entidad y del proyecto (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Cuántos proyectos puede presentar mi entidad?
Un máximo de tres proyectos o actividades por entidad y convocatoria, presentando una única solicitud por cada proyecto.
¿Puede solicitarla una empresa o una entidad con ánimo de lucro?
No. Quedan excluidas las empresas y entidades con ánimo de lucro, las de derecho público, los colegios profesionales y las entidades educativas, juveniles o de padres y madres de alumnos.
¿Qué periodo abarcan los proyectos?
Las actividades deben realizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027.
¿Cómo se presenta la solicitud?
De forma telemática en el registro electrónico de la sede del Cabildo, con certificado electrónico reconocido para personas jurídicas.
¿Cuándo debo justificar la subvención?
En el plazo de tres meses desde la finalización del periodo de ejecución de la actividad.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas