Ayudas a proyectos solidarios en La Roca del Vallès
Hasta el 75% del coste de proyectos solidarios de entidades sin ánimo de lucro.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de La Roca del Vallès para proyectos y actividades del ámbito de la solidaridad.
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos solidarios en La Roca del Vallès.
- Cuánto
- Hasta el 75% del coste total del proyecto o actividad.
- Qué cubre
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- Proyectos y actividades solidarias que fomenten la cohesión social del municipio
- Proyectos que promuevan valores sociales y educativos en el ámbito solidario
- Iniciativas que fortalezcan el tejido asociativo y solidario del municipio
- Requisitos
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- Tu proyecto tiene objetivos coincidentes con el ámbito de solidaridad de la convocatoria
- El proyecto se realiza dentro del término municipal de La Roca del Vallès, o fuera si proyecta al municipio o a tu entidad
- El proyecto no tiene ánimo de lucro, o los beneficios se reinvierten en la propia actividad
- La actividad se desarrolla durante el año natural 2026 o el curso/temporada 2026/2027
- Presentas una solicitud independiente por cada proyecto, indicando su ámbito temático
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta una memoria justificativa de la actividad realizada
- Reinvierte en la propia actividad cualquier beneficio obtenido y decláralo como ingreso
- No superes con el conjunto de ayudas recibidas el coste total de la actividad
- Devuelve el importe correspondiente si el proyecto queda sobrefinanciado
- Cuándo
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- Abre: 20 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad sin ánimo de lucro
- Quieres desarrollar un proyecto o actividad solidaria en La Roca del Vallès
- Tu proyecto fomenta la cohesión social o la colaboración entre entidades
- Puedes aportar la parte del coste que no cubre la subvención
- Tu proyecto tiene ánimo de lucro y no reinviertes los beneficios en la actividad
- Tu proyecto es igual o similar a otro de tu misma entidad con el que el Ayuntamiento ya colabora mediante convenio u otra subvención
- Tu proyecto obtiene menos de 25 puntos en la valoración
- El proyecto no se desarrolla en 2026 ni en el curso 2026/2027
Cuánto puedes recibir
El Ayuntamiento cubre como máximo el 75% del coste total de tu proyecto o actividad; el resto lo aportas tú, directamente o mediante cofinanciación de terceros. El importe concreto se reparte entre los proyectos aprobados según la puntuación obtenida y el crédito disponible.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara tu proyecto o actividad indicando el ámbito temático de solidaridad
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Cumplimenta el formulario de solicitud habilitado en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Presenta una solicitud independiente por cada proyecto
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Adjunta la documentación exigida según el importe de la subvención
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud habilitado (uno por cada proyecto)
- Declaración responsable sobre retribuciones de los órganos de dirección de la entidad, si la subvención supera los 10.000€
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, si la subvención supera los 3.000€
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, si la subvención supera los 3.000€