Subvenciones de acción social en Zaragoza para entidades
Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Zaragoza para acción social
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para proyectos de intervención social.
- Para quién
- Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollan acción social en la ciudad de Zaragoza.
- Cuánto
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- Puedes pedir entre 1.500 € y 140.000 €, y tu solicitud se encuadra en una de estas dos líneas
El crédito se reparte primero entre los proyectos de la Línea A y, con lo que sobre, entre los de la Línea B. Si tras el reparto el importe resultante quedara por debajo de 1.500 €, se concede la subvención por 1.500 €.Línea Importe solicitado Máximo que financia el ayuntamiento Línea A Igual o inferior a 12.000 € 80% del proyecto, ampliable hasta el 100% en los términos de las bases Línea B Superior a 12.000 € 80% del proyecto
- Puedes pedir entre 1.500 € y 140.000 €, y tu solicitud se encuadra en una de estas dos líneas
- Qué cubre
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- Gastos directos del proyecto, como el personal contratado para ejecutarlo
- Gastos indirectos o de estructura, con un tope sobre el total del proyecto
Línea Tope de gastos indirectos Línea A 30% del total de gastos imputables Línea B 15% del total de gastos imputables - Alquiler de locales y auditoría de cuentas sobre la cuenta justificativa del proyecto
- Requisitos
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- Eres una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y legalmente constituida
- Tus estatutos recogen fines propios de la acción social y de las actividades subvencionables
- Estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza
- Dispones de sede social o de delegación permanente con local fijo y personal en Zaragoza
- Llevas al menos 1 año desarrollando actividad efectiva en Zaragoza al cerrarse el plazo
- Has justificado correctamente las subvenciones que te concedieron en ejercicios anteriores
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén los requisitos que cumplías al solicitar hasta la completa ejecución del proyecto
- Justifica el proyecto en los 2 meses siguientes al día en que termine
- Presenta la justificación de forma electrónica, en los modelos normalizados de la sede
- Acredita el pago efectivo de cada gasto con sus justificantes y facturas
- Justifica la totalidad del proyecto: si justificas menos, la subvención se reduce en proporción
- Pide al menos tres ofertas de proveedores distintos si el gasto supera el contrato menor
- Fechas estimadas
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- Abre: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 13 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
- Vas a desarrollar un proyecto de intervención social en Zaragoza durante 2026 y 2027
- Tu proyecto encaja en ámbitos como infancia, mayores, discapacidad o inclusión social
- Tu entidad está inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas de Zaragoza
- Las personas a las que atiendes residen mayoritariamente en la ciudad de Zaragoza
- Eres una persona física o una empresa con ánimo de lucro
- Tu entidad no está legalmente constituida
- Eres una entidad de segundo o tercer nivel cuyo objeto principal no es la acción social
- No tienes sede social ni delegación permanente en la ciudad de Zaragoza
- Tu proyecto se desarrolla fuera de la ciudad de Zaragoza
- Tienes pendiente justificar subvenciones que te concedieron en ejercicios anteriores
Cuánto puedes recibir
La subvención que solicites no puede ser inferior a 1.500 € ni superior a 140.000 €: fuera de esa horquilla el proyecto queda excluido de la convocatoria. Según la cuantía que pidas, tu solicitud se encuadra en la Línea A (12.000 € o menos) o en la Línea B (más de 12.000 €). El ayuntamiento financia como máximo el 80% del importe total del proyecto, porcentaje que en la Línea A puede llegar al 100% en los términos previstos en las bases. En la Línea A el importe concedido sale de aplicar a lo solicitado un porcentaje por tramos de puntuación: 40% con 30-44 puntos, 55% con 45-59, 70% con 60-74, 85% con 75-89 y 100% con 90-100. En la Línea B se reparte el crédito que quede libre en proporción a los puntos ponderados de cada proyecto. La subvención concedida nunca supera el importe solicitado. Si te conceden menos de lo que pediste, puedes reformular el proyecto, y si al justificar acreditas menos gasto, la subvención se reduce de forma proporcional.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad cumple las condiciones y que tu proyecto encaja en uno de los ámbitos de la convocatoria
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Reúne la documentación exigida, digitalizada en color y presentando cada documento por separado
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Rellena la solicitud y sus anexos en los modelos normalizados de la sede electrónica del ayuntamiento
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Presenta la solicitud por vía electrónica dentro de los 15 días hábiles: es el único canal admitido
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Subsana en el plazo improrrogable de 10 días hábiles si te lo requieren por notificación electrónica
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Reformula el proyecto en 10 días hábiles si el importe propuesto es menor que el solicitado
Documentación necesaria
- Solicitud y anexos en los modelos normalizados de la sede electrónica
- Copia de los estatutos o reglas fundacionales vigentes
- Declaración responsable del representante legal de la entidad (documento S05)