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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Servicios sociales
Servicios sociales Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para proyectos de vida independiente

Hasta 40.000€ por solicitud para itinerarios de vida independiente

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Generalitat Valenciana para programas de vida independiente con itinerarios individualizados.
Para quién
Entidades privadas sin ánimo de lucro que apoyan a personas con discapacidad o con problemas graves de salud mental.
Cuánto
Hasta 40.000€ por solicitud, con un máximo de 20 participantes
Qué cubre
  • Costes salariales del personal del programa, limitados por las tablas salariales del convenio del sector de atención a personas con discapacidad
  • Gastos de asistencias o servicios profesionales y de transporte justificados por el programa
  • Seguros de accidente, enfermedad y responsabilidad civil del personal que participa en las actividades
Requisitos
  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro que desarrolla programas de apoyo a la vida independiente
  • Estás legalmente constituida e inscrita en el Registro de entidades titulares de actividades de acción social, en el sector de personas con discapacidad
  • Dispones de sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana
  • Las personas destinatarias cumplen los requisitos de edad, residencia y discapacidad exigidos

    Tener una edad comprendida entre los 18 y los 65 años; residir en la Comunitat Valenciana; disponer de certificado o resolución de reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

  • Cumples los requisitos antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la realización de la actividad y los gastos de los itinerarios hasta el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria
  • Aporta con financiación propia o de otras entidades la parte del coste que no cubre la subvención
  • Ten suscrita una póliza de seguro de accidente, enfermedad y responsabilidad civil a favor del personal que participa en los programas
  • Comunica cualquier cambio en el proyecto para que el órgano concedente lo autorice
  • Comunica al órgano concedente cualquier otra subvención que recibas para la misma finalidad
  • Sométete a las actuaciones de inspección y control, y conserva los documentos justificativos de los fondos recibidos
Cuándo
  • Abre: 21 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 18 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro
  • Desarrollas programas de apoyo a proyectos de vida independiente
  • Atiendes a personas con discapacidad o con problemas graves de salud mental
  • Tienes sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana
  • Estás inscrita en el Registro de entidades titulares de actividades de acción social
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No tienes sede central ni delegación permanente en la Comunitat Valenciana
  • El itinerario ya se ha financiado durante tres años por esta línea de subvenciones
  • La persona necesita mantener el apoyo a largo plazo con un programa de continuidad de atención
  • La persona está atendida por un recurso residencial del sistema público valenciano de servicios sociales

Cuánto puedes recibir

El importe se calcula con un módulo económico de 2.000 € anuales por cada persona participante en un proyecto de vida independiente, hasta un máximo de 20 participantes por solicitud, es decir, 40.000 €. La cuantía final se determina sumando las cuantías financiadas en cada uno de los itinerarios individualizados a los que se otorga subvención. Se concede en concurrencia competitiva, con el límite del crédito existente. En ningún caso la subvención, sola o sumada a otras ayudas o ingresos, puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria del programa y el itinerario individual de vida independiente de cada participante

  2. Presenta la solicitud exclusivamente por vía telemática con firma electrónica en la sede electrónica de la Generalitat

  3. Designa la cuenta bancaria donde se transferirá la subvención, que debe estar dada de alta en la Generalitat

  4. Subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días si el órgano instructor te lo requiere

  5. Espera la resolución, que se publica en el diario oficial de la Generalitat Valenciana

Documentación necesaria

  • Memoria del programa o servicio en la que se reflejen los criterios de valoración
  • Itinerario individual de vida independiente de cada participante (Anexo II)
  • Declaraciones responsables de no concurrencia de causa legal que impida obtener la condición de entidad beneficiaria
  • Documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social, si te opones a que el órgano convocante los consulte

Preguntas frecuentes

¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Cada entidad puede solicitar un máximo de 20 proyectos en cada convocatoria.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con las que para la misma finalidad conceda cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad.
¿Puedo subcontratar la actividad subvencionada?
No. La convocatoria no prevé la posibilidad de subcontratación total ni parcial de la actividad.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
El órgano instructor te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de tres meses desde la publicación del extracto en el diario oficial. Si vence sin publicarse, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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