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Ayudas Claras
Subvenciones Aragón Prestaciones
Prestaciones Aragón Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de Zaragoza para colonias y campamentos juveniles

Ayudas a entidades sin ánimo de lucro para colonias y campamentos juveniles

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para colonias, colonias urbanas y campamentos juveniles
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
Cuánto
  • La cuantía depende de la duración de la actividad y del número de personas inscritas, con cuatro tramos. Además, la entidad debe aportar al menos el 20% de los gastos subvencionables del proyecto.
    Duración y participantes inscritosSubvención
    6 a 9 días · de 15 a 20 personas1.000€
    6 a 9 días · más de 20 personas1.500€
    10 a 15 días · de 15 a 20 personas2.000€
    10 a 15 días · más de 20 personas3.000€
Qué cubre
  • Los gastos necesarios para desarrollar la actividad (colonias, colonias urbanas o campamentos)
  • Los costes del personal vinculado al proyecto
Requisitos
  • Ser una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y estar legalmente constituida
  • Estar inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza
  • Presentar un único proyecto, que puede incluir un máximo de dos actividades
  • Que la actividad dure al menos 6 días y tenga como mínimo 15 personas inscritas
  • Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas antes para el mismo destino y finalidad
  • No haber sido sancionada por conductas discriminatorias por razón de género
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Integrar la perspectiva de género y evitar el lenguaje e imágenes sexistas en el proyecto
  • Aportar datos estadísticos de personas usuarias y personal desagregados por sexo y edad
  • Justificar la totalidad del proyecto antes del 16 de febrero de 2027
  • Obtener la conformidad previa de Comunicación Municipal para acciones de publicidad o difusión
Fechas estimadas
  • Abre: 28 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 27 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
  • Estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organizas colonias, colonias urbanas o campamentos para jóvenes de 12 a 30 años
  • Tu actividad dura al menos 6 días y tiene como mínimo 15 personas inscritas
  • Puedes aportar al menos el 20% de los gastos subvencionables del proyecto
  • Eres una persona física y no una entidad
  • Tu entidad no está inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas de Zaragoza
  • El proyecto dura menos de 6 días o tiene menos de 15 personas inscritas
  • La actividad está financiada íntegramente por otra subvención, convenio o ayuda
  • El proyecto corresponde a otro servicio municipal, como deporte, cultura o cooperación

Cuánto puedes recibir

La cantidad que recibes se calcula por tramos, según la duración de la actividad y el número de personas inscritas: 1.000€ para actividades de 6 a 9 días con entre 15 y 20 inscritos, y 1.500€ si superan las 20 personas; 2.000€ para actividades de 10 a 15 días con entre 15 y 20 inscritos, y 3.000€ si superan las 20 personas. La financiación municipal no puede superar el 80% de los gastos subvencionables, por lo que tu entidad debe aportar al menos el 20% restante.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas

  2. Prepara el proyecto y la previsión económica de ingresos y gastos

  3. Rellena la solicitud con los modelos normalizados en la sede electrónica del ayuntamiento

  4. Adjunta la documentación de forma electrónica, cada documento por separado

  5. Presenta la solicitud dentro del plazo de un mes desde la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Solicitud del proyecto (documento S01)
  • Previsión económica de ingresos y gastos del proyecto (documento S02)
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad
  • Estatutos o reglas fundacionales vigentes
  • Acreditación del representante legal de la entidad
  • Certificado del secretario sobre la composición de la Junta Directiva u órganos de gobierno
  • Declaración responsable del representante legal (documento S04)
  • Plan de Igualdad, para las entidades obligadas a tenerlo

Preguntas frecuentes

¿Puede pedir la ayuda una persona o solo una entidad?
Solo pueden pedirla entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas e inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas de Zaragoza.
¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Cada entidad presenta un único proyecto, que puede incluir un máximo de dos actividades, indicando claramente el importe de cada una.
¿Cómo se reparten las ayudas?
Por procedimiento simplificado de concurrencia competitiva: se adjudican por orden de presentación de las solicitudes válidas hasta agotar el crédito. En caso de empate se decide por sorteo.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo para presentar la justificación finaliza el 16 de febrero de 2027, de forma electrónica en la sede del ayuntamiento.
¿Qué actividades quedan excluidas?
Las que duren menos de 6 días o tengan menos de 15 inscritos, las financiadas íntegramente por otras ayudas y las que correspondan a otros servicios municipales como deporte o cultura.

Fuentes oficiales

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