Ayudas de Zaragoza para colonias y campamentos juveniles
Ayudas a entidades sin ánimo de lucro para colonias y campamentos juveniles
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para colonias, colonias urbanas y campamentos juveniles
- Para quién
- Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
- Cuánto
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- La cuantía depende de la duración de la actividad y del número de personas inscritas, con cuatro tramos. Además, la entidad debe aportar al menos el 20% de los gastos subvencionables del proyecto.
Duración y participantes inscritos Subvención 6 a 9 días · de 15 a 20 personas 1.000€ 6 a 9 días · más de 20 personas 1.500€ 10 a 15 días · de 15 a 20 personas 2.000€ 10 a 15 días · más de 20 personas 3.000€
- La cuantía depende de la duración de la actividad y del número de personas inscritas, con cuatro tramos. Además, la entidad debe aportar al menos el 20% de los gastos subvencionables del proyecto.
- Qué cubre
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- Los gastos necesarios para desarrollar la actividad (colonias, colonias urbanas o campamentos)
- Los costes del personal vinculado al proyecto
- Requisitos
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- Ser una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y estar legalmente constituida
- Estar inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza
- Presentar un único proyecto, que puede incluir un máximo de dos actividades
- Que la actividad dure al menos 6 días y tenga como mínimo 15 personas inscritas
- Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas antes para el mismo destino y finalidad
- No haber sido sancionada por conductas discriminatorias por razón de género
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecutar el proyecto entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Integrar la perspectiva de género y evitar el lenguaje e imágenes sexistas en el proyecto
- Aportar datos estadísticos de personas usuarias y personal desagregados por sexo y edad
- Justificar la totalidad del proyecto antes del 16 de febrero de 2027
- Obtener la conformidad previa de Comunicación Municipal para acciones de publicidad o difusión
- Fechas estimadas
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- Abre: 28 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
- Estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza
- Organizas colonias, colonias urbanas o campamentos para jóvenes de 12 a 30 años
- Tu actividad dura al menos 6 días y tiene como mínimo 15 personas inscritas
- Puedes aportar al menos el 20% de los gastos subvencionables del proyecto
- Eres una persona física y no una entidad
- Tu entidad no está inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas de Zaragoza
- El proyecto dura menos de 6 días o tiene menos de 15 personas inscritas
- La actividad está financiada íntegramente por otra subvención, convenio o ayuda
- El proyecto corresponde a otro servicio municipal, como deporte, cultura o cooperación
Cuánto puedes recibir
La cantidad que recibes se calcula por tramos, según la duración de la actividad y el número de personas inscritas: 1.000€ para actividades de 6 a 9 días con entre 15 y 20 inscritos, y 1.500€ si superan las 20 personas; 2.000€ para actividades de 10 a 15 días con entre 15 y 20 inscritos, y 3.000€ si superan las 20 personas. La financiación municipal no puede superar el 80% de los gastos subvencionables, por lo que tu entidad debe aportar al menos el 20% restante.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
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Prepara el proyecto y la previsión económica de ingresos y gastos
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Rellena la solicitud con los modelos normalizados en la sede electrónica del ayuntamiento
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Adjunta la documentación de forma electrónica, cada documento por separado
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Presenta la solicitud dentro del plazo de un mes desde la publicación de la convocatoria
Documentación necesaria
- Solicitud del proyecto (documento S01)
- Previsión económica de ingresos y gastos del proyecto (documento S02)
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad
- Estatutos o reglas fundacionales vigentes
- Acreditación del representante legal de la entidad
- Certificado del secretario sobre la composición de la Junta Directiva u órganos de gobierno
- Declaración responsable del representante legal (documento S04)
- Plan de Igualdad, para las entidades obligadas a tenerlo