Subvención para asociaciones de vecinos de Cieza
Ayuda para fiestas de barrio y actividades de las asociaciones de vecinos de Cieza
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cieza para que las asociaciones de vecinos organicen fiestas de barrio y otras actividades.
- Para quién
- Asociaciones de vecinos de los barrios del municipio de Cieza.
- Cuánto
- El importe se reparte de forma proporcional entre las asociaciones beneficiarias según los puntos que obtenga cada proyecto.
- Qué cubre
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- Organización de las fiestas patronales del barrio
- Actividades socioculturales, educativas, deportivas, participativas o comunitarias del barrio
- Requisitos
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- Tu asociación de vecinos está constituida e inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Cieza, con los datos actualizados
- La inscripción es anterior a la publicación de la convocatoria
- Estás al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No tienes deudas con el Ayuntamiento de Cieza ni subvenciones pendientes de justificar
- Las fiestas o actividades están destinadas al disfrute general de los vecinos del barrio
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Cumple el objetivo de las actividades subvencionadas
- Justifica el gasto con una memoria de las actividades y las facturas correspondientes
- Presenta la justificación a través del registro general hasta el 31 de mayo de 2027
- Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas para las mismas actividades
- Haz constar la colaboración del Ayuntamiento, con su escudo, en la publicidad del programa
- Publica las fechas y lugares definitivos de las actividades
- Fechas estimadas
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 4 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de vecinos del municipio de Cieza
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Cieza
- Organizas fiestas patronales o actividades culturales, deportivas o participativas en tu barrio
- Las actividades están abiertas al disfrute general de los vecinos del barrio
- No eres una asociación de vecinos (eres un particular, empresa u otra entidad)
- Tu asociación no está inscrita en el registro municipal de Cieza
- Tienes deudas con el Ayuntamiento o una subvención pendiente de justificar
- Las actividades no están destinadas al disfrute general de los vecinos del barrio
Cuánto puedes recibir
No hay un importe fijo por asociación. El crédito disponible se reparte de forma proporcional según los puntos que obtenga tu proyecto: el valor de cada punto es el crédito dividido entre la suma de puntos de todas las asociaciones, y tu subvención es el número de puntos que consigas multiplicado por ese valor. El pago se realiza en un único desembolso al conceder la ayuda.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida en el Anexo I y la copia del DNI de quien firma
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Rellena la solicitud del Anexo I firmada por el presidente de la asociación
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cieza
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Preséntala dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I) firmada por el presidente de la asociación
- Copia del DNI de la persona que firma la solicitud
- Fotocopia del CIF de la asociación, si no se presentó antes
- Memoria y programa de fiestas 2026
- Memoria y presupuesto de las actividades a subvencionar en 2026
- Declaración de terceros, si no se presentó antes
- Certificación del número de socios expedida por el secretario de la asociación
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Relación de gastos de las fiestas 2026
- Memoria de las actividades realizadas en 2025