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Ayudas Claras
Subvenciones Girona Sanidad
Sanidad Girona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para comprar vehículos de uso social (Dipsalut)

Hasta 22.000€ para que entidades sin ánimo de lucro compren vehículos de uso social.

Lo que significa

Qué es
Subvención de Dipsalut para que entidades sin ánimo de lucro compren vehículos de uso social o para ayuda humanitaria.
Para quién
Entidades y fundaciones privadas sin ánimo de lucro, y ONG de ayuda al desarrollo para las acciones humanitarias.
Cuánto
  • Importe máximo según el tipo de vehículo
    Tipo de vehículoImporte máximo
    Fines sociales (tipo 1)15.000€
    Fines sociales, vehículo eléctrico o híbrido17.000€
    Ayuda humanitaria (tipo 2)20.000€
    Ayuda humanitaria, vehículo eléctrico o híbrido22.000€
Qué cubre
  • La compra de vehículos para transporte adaptado, reparto de alimentos o transporte de usuarios de servicios sociales (tipo 1)
  • La compra de vehículos para acciones humanitarias en zonas de conflicto bélico (tipo 2)
Requisitos
  • Eres una persona jurídica privada sin ánimo de lucro con fines sociales o de ayuda humanitaria
  • Para vehículos de fines sociales, estás inscrita en el RESES o te coordinas con los servicios sociales de tu área
  • Para vehículos humanitarios, eres una ONG de ayuda al desarrollo o una fundación privada
  • El vehículo se adquiere entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destinas el vehículo al fin social o humanitario para el que se concedió la ayuda
  • Justificas los gastos como máximo el 15 de octubre de 2027
  • Si no puedes ejecutar y justificar antes del 15 de octubre de 2026, solicitas expresamente el anticipo tras la concesión
Cuándo
  • Abre: 22 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 8 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o fundación privada sin ánimo de lucro
  • Vas a comprar un vehículo para fines sociales (transporte adaptado, reparto de alimentos, transporte de usuarios)
  • Eres una ONG de ayuda al desarrollo o una fundación privada que actúa en zonas de conflicto
  • Compras el vehículo entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027
  • Eres una entidad con ánimo de lucro
  • Para vehículos de fines sociales, no estás inscrita en el RESES ni te coordinas con los servicios sociales
  • Solicitas ayuda para las dos tipologías de vehículo a la vez
  • Presentas más de una solicitud para vehículos de fines sociales (tipo 1)

Cuánto puedes recibir

La ayuda depende del tipo de vehículo: hasta 15.000€ para vehículos de fines sociales (17.000€ si es eléctrico o híbrido) y hasta 20.000€ para vehículos de ayuda humanitaria (22.000€ si es eléctrico o híbrido). Puedes cobrar un anticipo del 100% del importe concedido, previa solicitud, una vez notificada la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Elige la tipología de vehículo (fines sociales o ayuda humanitaria); solo puedes optar por una

  2. Prepara una memoria que describa la actividad y, para vehículos sociales, indica el número de inscripción en el RESES

  3. Rellena el formulario normalizado en la sede electrónica de Dipsalut, firmado por el representante legal

  4. Presenta la solicitud dentro del plazo; las solicitudes se atienden por orden de registro de entrada

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud normalizado, firmado por el representante legal
  • Memoria que describa la actividad
  • Para vehículos de fines sociales: número de inscripción en el RESES o documento de coordinación con los servicios sociales
  • Declaración responsable sobre los estatutos de la entidad (presentados, no presentados o modificados)

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir la ayuda?
Entidades y fundaciones privadas sin ánimo de lucro con fines sociales, y ONG de ayuda al desarrollo o fundaciones privadas para las acciones humanitarias.
¿Puedo pedir ayuda para los dos tipos de vehículo?
No. Solo puedes optar por una de las dos tipologías: fines sociales (tipo 1) o ayuda humanitaria (tipo 2).
¿Cómo se conceden las ayudas?
Por concurrencia no competitiva: se atienden por orden de registro de entrada y presentación correcta de la documentación, hasta agotar el crédito.
¿Se puede cobrar por adelantado?
Sí. El anticipo es del 100% del importe concedido, previa solicitud expresa tras la notificación de la concesión.

Fuentes oficiales

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