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Ayudas Claras
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Servicios sociales Ourense Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades sociales sin ánimo de lucro en Ourense

Hasta el 85% del coste del programa de servicios sociales en Ourense.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ourense para programas de servicios sociales de entidades sin ánimo de lucro.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica que prestan servicios sociales en Ourense.
Cuánto
Hasta el 85% del coste total del proyecto desarrollado por la entidad.
Qué cubre
Programas de actividades de servicios sociales dirigidos a personas y colectivos en situación de vulnerabilidad social
Requisitos
  • Eres una entidad con personalidad jurídica, válidamente constituida y sin ánimo de lucro
  • Realizas actividades de servicios sociales en el término municipal de Ourense
  • Tienes tu domicilio social en Ourense o dispones de un centro de atención a usuarios en Ourense
  • Tu objeto social principal es la prestación de servicios sociales a colectivos vulnerables
  • Estás inscrita en el Registro Único de Prestadoras de Servicios Sociales de la Xunta de Galicia
  • Estás inscrita en el registro que corresponda a tu tipo de entidad (asociaciones, fundaciones o cooperativas)
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el programa conforme al proyecto presentado, sin alterar sus objetivos y finalidad
  • Justifica la realización del programa mediante la cuenta justificativa en tiempo y forma
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento
  • Comunica al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos para el programa
  • Conserva los documentos justificativos y los libros contables exigidos
  • Usa la lengua gallega y un lenguaje e imágenes no sexistas ni que vulneren la dignidad de las personas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica
  • Prestas servicios sociales en el municipio de Ourense
  • Tu objeto social principal es atender a colectivos en situación de vulnerabilidad
  • Estás inscrita en el Registro Único de Prestadoras de Servicios Sociales de Galicia
  • Tienes domicilio social o un centro de atención a usuarios en Ourense
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • El programa se realiza fuera del término municipal de Ourense
  • El programa ya está subvencionado por otra concejalía del Ayuntamiento
  • Tu entidad recibe una subvención nominativa para gastos corrientes de servicios sociales
  • El programa implica algún tipo de discriminación

Cuánto puedes recibir

La subvención cubre como máximo el 85% del coste total del proyecto que desarrolla tu entidad. El importe disponible se reparte entre todas las entidades que cumplen los requisitos hasta agotar el crédito. El pago se hace por transferencia una vez aprobada la cuenta justificativa, aunque previa solicitud motivada puedes cobrar por adelantado el 70% de la cuantía.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el proyecto explicativo del programa y la documentación exigida

  2. Cumplimenta el formulario de solicitud normalizado (Anexo I) con sus declaraciones responsables

  3. Preséntalo de forma electrónica en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Ourense

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud normalizado (Anexo I) con las declaraciones responsables
  • Proyecto explicativo del programa de actividades (necesidad, personas destinatarias, objetivos, metodología y presupuesto de ingresos y gastos)

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. La presentación es obligatoriamente electrónica, a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento; no se admiten solicitudes por otros medios.
¿Puedo cobrar parte de la ayuda por adelantado?
Sí. Previa solicitud motivada, puede librarse por anticipado el 70% de la cuantía subvencionada; el 30% restante se paga tras justificar la totalidad del gasto.
¿Qué pasa si mis ingresos superan el coste del programa?
El importe de la subvención se reduce en la proporción necesaria para eliminar ese exceso; también se reduce si el gasto justificado es inferior al presupuestado.
¿Cuánto tarda la resolución?
La resolución se publica en un plazo máximo de cuatro meses desde el fin del plazo de presentación. Si no se publica en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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