Ayudas del 0,7% del IRPF a entidades sociales de Extremadura
Ayudas del 0,7% del IRPF para programas sociales del Tercer Sector en Extremadura.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención de la Junta de Extremadura para programas de interés social de entidades del Tercer Sector, con cargo al 0,7% del IRPF.
- Para quién
- Entidades del Tercer Sector de Acción Social sin ánimo de lucro y la Cruz Roja Española, con actividad en Extremadura.
- Cuánto
- El importe depende de la valoración y del crédito disponible; como máximo, el 5,5% del crédito de la convocatoria por entidad y el 2,5% por programa
- Qué cubre
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- Programas de interés social dirigidos a personas en situación de pobreza, exclusión o especial vulnerabilidad
- Costes directos del programa: personal, dietas y desplazamientos, personal voluntario y actividades
- Costes indirectos del programa
- Requisitos
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- Eres una entidad del Tercer Sector de Acción Social o la Cruz Roja Española, sin ánimo de lucro
- Estás legalmente constituida desde hace al menos 2 años a la fecha de publicación de la convocatoria
- Tus fines estatutarios son adecuados para los programas que solicitas
- Tienes sede o delegación en Extremadura y desarrollas actividad real y efectiva en la región
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el programa en Extremadura entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027
- Justifica el gasto realizado y el cumplimiento de la finalidad con la memoria técnica y económica
- Comunica otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien el programa
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control de la Junta de Extremadura
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad del Tercer Sector de Acción Social sin ánimo de lucro
- Tu entidad está legalmente constituida desde hace al menos 2 años
- Tienes sede o delegación en Extremadura y actúas de forma real en la región
- Vas a desarrollar un programa de interés social entre enero y diciembre de 2027
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Eres un organismo de derecho público, universidad, partido político o sindicato
- Eres un colegio profesional, cámara oficial o sociedad civil
- Tu entidad no tiene sede ni delegación en Extremadura
Cuánto puedes recibir
La convocatoria no fija un importe fijo por entidad: cada entidad solicita una cuantía por cada programa, en función de su coste total, y el importe concedido depende de la valoración de la entidad y del programa y del crédito disponible. Como máximo, cada programa puede recibir el 2,5% del crédito disponible de la convocatoria y una misma entidad el 5,5%.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad cumple los requisitos y elige los programas del anexo I que vas a solicitar
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Reúne los estatutos, la tarjeta de identificación fiscal, la memoria de la entidad y el modelo de programa de cada solicitud
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Presenta la solicitud (anexo II) de forma electrónica en el punto de acceso general de la Junta de Extremadura
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Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo II) firmada electrónicamente
- Estatutos vigentes de la entidad, debidamente legalizados
- Tarjeta de identificación fiscal
- Memoria de la entidad solicitante (Anexo III)
- Modelo de programa para cada programa solicitado (Anexo IV)
- Documentación acreditativa de la representación legal, si no se firma con certificado de representante