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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Empleo
Empleo Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a equipos de apoyo en centros especiales de empleo

20,45€ o 20,96€ por hora de acompañamiento, según el perfil de la persona atendida.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat de Catalunya para el acompañamiento sociolaboral en centros especiales de empleo.
Para quién
Entidades y empresas titulares de centros especiales de empleo con equipo multidisciplinar de apoyo.
Cuánto
  • Módulo económico por cada hora de acompañamiento, según el perfil de la persona atendida
    Perfil de la persona atendidaImporte por hora
    Discapacidad con especiales dificultades (ED)20,45€
    Resto de personas con discapacidad (NED)20,96€
    El importe se obtiene multiplicando el módulo por las horas de atención realizadas y se incrementa un 12% para gastos indirectos.
Qué cubre
  • Las horas de acompañamiento especializado prestadas a cada persona con discapacidad
  • Un 12% adicional sobre esa cantidad para gastos indirectos
Requisitos
  • Eres una entidad o empresa titular de un centro especial de empleo
  • Garantizas a cada persona atendida el mínimo de horas de acompañamiento exigido
    Perfil de la persona atendidaHoras mínimasHoras máximas
    Discapacidad con especiales dificultades (ED)101147
    ED con grado de discapacidad superior al 50%101165
    Resto de personas con discapacidad (NED)1313
    Las horas se han calculado de forma proporcional al periodo subvencionable, que comprende once meses.
  • Has realizado las actuaciones entre el 1 de octubre de 2025 y el 31 de agosto de 2026
  • De las actuaciones de octubre a diciembre de 2025 solo cuentan las dirigidas a personas contratadas desde el 1 de octubre de 2025 que no se subvencionaron en 2025
  • Los gastos responden a la naturaleza de la actividad, son estrictamente necesarios y no superan el valor de mercado
Obligaciones
  • Presenta la justificación de las actuaciones junto con la propia solicitud
  • Acredita las horas de acompañamiento de cada persona con un sistema de trazabilidad
  • Alcanza un porcentaje de inserción en empresa ordinaria del 4%: si no llegas, la subvención concedida se reduce
  • Cumple las medidas de difusión y publicidad y documéntalas con un reportaje gráfico
  • Devuelve las cantidades cobradas si falta la justificación, con los intereses de demora que correspondan
Cuándo
  • Abre: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o empresa titular de un centro especial de empleo
  • Cuentas con un equipo multidisciplinar de apoyo a tus trabajadores con discapacidad
  • Has realizado acompañamiento especializado entre octubre de 2025 y agosto de 2026
  • Puedes acreditar las horas de atención dedicadas a cada persona atendida
  • No llegas al mínimo de horas de atención exigido por persona atendida
  • Tus actuaciones se hicieron fuera del periodo entre octubre de 2025 y agosto de 2026
  • El acompañamiento de octubre a diciembre de 2025 fue a personas ya subvencionadas en 2025
  • La subvención, sumada a otras ayudas, superaría el coste de la actividad

Cuánto puedes recibir

El importe se calcula multiplicando un módulo económico por cada hora de acompañamiento realizada. En esta convocatoria el módulo es de 20,45€ por hora para las personas con discapacidad de especiales dificultades y de 20,96€ por hora para el resto de personas con discapacidad atendidas. A esa cantidad se le suma un 12% para gastos indirectos. Cobras la subvención después de justificar que has llevado a cabo la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria explicativa del proyecto según el modelo normalizado

  2. Elabora la memoria económica justificativa con las horas de atención y el personal técnico que las ha realizado

  3. Presenta la solicitud con toda la documentación de forma telemática en la sede electrónica, entre las 9:00 del 14 de septiembre y las 14:00 del 21 de septiembre de 2026

  4. Espera la resolución, que se dicta y publica en un plazo máximo de tres meses desde el fin del plazo de solicitudes

  5. Consulta las propuestas y resoluciones en el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya, que sustituye a la notificación individual

Documentación necesaria

  • Memoria explicativa del proyecto, según modelo normalizado
  • Memoria económica justificativa
  • Relación clasificada del personal técnico que ha participado en las actuaciones
  • Declaración de las horas efectivas de dedicación a cada persona atendida y del personal técnico que las ha realizado
  • Ficha de las actividades de apoyo realizadas, firmada por la persona técnica responsable del equipo multidisciplinar
  • Evidencia del sistema de trazabilidad de las horas de acompañamiento individualizadas
  • Detalle de las inserciones en empresa ordinaria, con metodología, datos de la persona insertada, tipo y duración del contrato y datos de la empresa
  • Breve descripción de la plantilla, sus actividades y los cambios de personal del periodo de ejecución
  • Reportaje gráfico de las medidas de difusión y publicidad adoptadas
  • Relación nominal de trabajadores y trabajadoras (RNT) del periodo subvencionable
  • Informe de datos de cotización (IDC) de la plantilla por código de cuenta de cotización
  • Documento de cierre del programa de acompañamiento individualizado de cada trabajador, firmado por él
  • Declaración de la ratio entre el salario bruto más alto y el más bajo de la entidad, si puedes percibir una subvención superior a 10.000 euros

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo que presentar la justificación?
Junto con la propia solicitud. Al presentarla con toda la documentación exigida se entiende cumplida la obligación de justificar, una vez comprobados los requisitos y los importes concedidos.
¿Puedo reformular la solicitud si me conceden menos de lo pedido?
No. En esta subvención no se puede reformular la solicitud, porque financia actividades que debe realizar la propia entidad solicitante.
¿Qué pasa si no alcanzo el porcentaje mínimo de inserción?
Si tu porcentaje de inserción de 2025 no llega al 4%, la resolución reduce el importe a conceder: un 10% si está entre el 0% y el 1%, un 7,5% si supera el 1% y llega al 2,5%, y un 5% si supera el 2,5% y no llega al 4%.
¿Qué ocurre si no recibo respuesta?
Las resoluciones se dictan y publican en un plazo máximo de tres meses desde el día siguiente al fin del plazo de solicitudes. Pasado ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.
¿Dónde se publican las resoluciones?
En el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Esa publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.

Fuentes oficiales

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