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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Servicios sociales
Servicios sociales Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a clubs que organizan carreras de montaña en Langreo

Hasta el 80% del presupuesto de la carrera, con reparto según la puntuación.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Área de Deportes del Ayuntamiento de Langreo para organizar carreras de montaña.
Para quién
Clubs y entidades deportivas que organizan carreras de montaña en el concejo de Langreo.
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto de la actividad subvencionada
Qué cubre
  • Gastos corrientes del diseño y desarrollo de la carrera de montaña
  • Los gastos deben realizarse dentro del año al que corresponde la subvención
Requisitos
  • Eres un club o entidad deportiva legalmente constituida
  • Estás inscrito en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Langreo, en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias y en la federación correspondiente
  • Organizas la carrera de montaña en el concejo de Langreo
  • Desarrollas la actividad directamente, sin cederla a otra entidad
  • Tienes justificados los gastos de las subvenciones que te concedió antes el Ayuntamiento
  • No eres deudor del Ayuntamiento de Langreo, sus organismos autónomos ni sus entidades de derecho público
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad o proyecto que fundamenta la concesión de la ayuda
  • Inserta al pie y en lugar preferente el logotipo del Área Municipal de Deportes en carteles, dípticos, folletos y demás material gráfico del evento
  • Permite al Área Municipal de Deportes instalar pancartas con sus logotipos en los lugares donde se celebre la actividad
  • Lleva el logo del Ayuntamiento y del Área Municipal de Deportes visible en la indumentaria deportiva, la publicidad de la prueba y las zonas de salida y meta
  • Comunica al órgano que concede la ayuda cualquier otra subvención, ingreso o recurso que financie la actividad
  • Presenta la cuenta justificativa, con memoria de actuación y memoria económica, antes del 30 de noviembre
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club o entidad deportiva que organiza una carrera de montaña en Langreo
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Langreo
  • Estás inscrito en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias
  • Ya has justificado las subvenciones que te concedió antes el Ayuntamiento
  • Recibes una subvención nominativa del Ayuntamiento de Langreo
  • Vas a concurrir a otra subvención del Ayuntamiento de Langreo
  • Tu carrera no se organiza en el concejo de Langreo
  • Tienes pendiente de justificar una subvención municipal anterior
  • No desarrollas la actividad directamente

Cuánto puedes recibir

La ayuda no puede superar el 80% del presupuesto de la actividad subvencionada. El importe concreto sale de un reparto proporcional: se multiplica la puntuación que obtengas por la cantidad global a repartir y se divide entre la suma de puntuaciones de todos los solicitantes. Si el resultado supera lo que pediste, se concede como máximo el importe solicitado. Cobras el 80% de la subvención cuando se publica la resolución de concesión y el 20% restante después de justificar la actividad, siempre que la ayuda concedida sea igual o superior a 1.500€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena el modelo de solicitud (Anexo I) con todos sus apartados

  2. Elabora el proyecto técnico y económico de la carrera (Anexo VI)

  3. Reúne las declaraciones responsables y los documentos que acreditan a tu entidad y a su representante

  4. Si la prueba discurre por la vía pública, presenta también su solicitud (Anexo IX) con treinta días de antelación al evento y envía copia a la Policía Local

  5. Entrega todo en el registro del Ayuntamiento, en su sede electrónica o en cualquier otro registro público, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto

  6. Justifica el gasto con la cuenta justificativa, en papel, en el departamento de Intervención del Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud (Anexo I)
  • Fotocopia del CIF de la entidad y del NIF de su representante
  • Fotocopia del número y registro de la entidad en la Dirección General correspondiente
  • Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud: escritura de constitución o modificación, o certificado del secretario de la entidad
  • Declaración de otras subvenciones o ayudas solicitadas para las mismas actividades (Anexo II)
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario (Anexo III)
  • Fichero de acreedores o ficha de terceros (Anexo IV), o declaración sobre ficha de acreedores (Anexo V)
  • Proyecto técnico y económico detallado de la actividad (Anexo VI)
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, salvo que autorices al Ayuntamiento a consultarlo
  • Solicitud de prueba deportiva en la vía pública (Anexo IX), si la carrera discurre por vía pública

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se cobra la ayuda?
Al publicarse la resolución de concesión se abona el 80% de la subvención. El 20% restante se paga una vez justificada la actividad en tiempo y forma, siempre que la ayuda concedida sea igual o superior a 1.500€.
¿Puedo pedir además otra subvención al Ayuntamiento?
No. Las entidades que concurren a esta convocatoria no pueden concurrir a ninguna otra subvención del Ayuntamiento de Langreo. Tampoco pueden participar las que reciben una subvención nominativa del Ayuntamiento.
¿Hasta cuándo puedo justificar la subvención?
El plazo termina el 30 de noviembre. Los pagos realizados entre el 30 de noviembre y el 31 de diciembre son los únicos que pueden justificarse hasta el 15 de enero del año siguiente, incluido.
¿Qué pasa si me proponen menos dinero del que pedí?
Puedes reformular la solicitud para ajustar los compromisos y condiciones al importe que se te pueda conceder, respetando siempre el objeto, las condiciones y la finalidad de la subvención.
¿Qué ocurre si no me notifican la resolución?
El plazo de resolución y notificación es de 3 meses desde el día hábil siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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