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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Servicios sociales
Servicios sociales Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a clubes y entidades deportivas de Langreo

Hasta el 80% del presupuesto de tu proyecto deportivo en el concejo de Langreo.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Área de Deportes del Ayuntamiento de Langreo para proyectos y actividades deportivas.
Para quién
Clubes y entidades deportivas del concejo de Langreo y agrupaciones de personas físicas o jurídicas.
Cuánto
  • Hasta el 80% del presupuesto de la actividad, repartido en proporción a la puntuación obtenida
    Concepto valoradoPuntos
    Proyecto definido y concreto35
    Proyecto parcialmente definido y concreto25
    Proyecto insuficiente o deficiente10
    Proyecto inadecuado0
    Igualdad de mujeres y hombres5
    Jóvenes en riesgo de exclusión10
    Actividades dedicadas a la salud5
    Prevención de violencia, racismo y sexismo5
    Dirigidos a personas con discapacidad o dependencia5
    Pruebas de carácter federativo5
    Actividades en medio rural10
    Actividades en núcleo urbano5
    Hasta 30 personas beneficiarias2
    De 31 a 60 personas4
    De 61 a 90 personas6
    De 91 a 120 personas8
    Más de 120 personas10
    Mantenimiento de local5
    Comunicaciones5
    Coordinación y asociación10
    Material de oficina y deportivo5
    Aportación de voluntariado3
    Participación en una actividad del Área de Deportes1
    Participación en dos actividades2
    Participación en más de dos actividades4
    La cantidad se calcula multiplicando la puntuación obtenida por la cantidad global a repartir y dividiendo entre la suma de las puntuaciones de todos los solicitantes.
Qué cubre
  • Gastos de los proyectos y actividades de práctica deportiva de interés general para el concejo de Langreo
  • Gastos corrientes realizados en el periodo de ejecución de las acciones dentro del año al que corresponde la subvención
Requisitos
  • Tu entidad o club deportivo está legalmente constituido
  • Estás inscrito en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Langreo, en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias y en la federación correspondiente
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, y no eres deudor del Ayuntamiento
  • Desarrollas las actividades directamente
  • Tienes debidamente justificados los gastos de subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento
  • Si sois una agrupación, todos y cada uno de los miembros cumplen los requisitos anteriores
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad o proyecto que fundamenta la concesión de la ayuda
  • Inserta al pie y en lugar preferente el logotipo oficial del Área Municipal de Deportes en la documentación gráfica del evento: carteles, dípticos, folletos o revistas
  • Permite instalar pancartas con los logotipos oficiales del Área Municipal de Deportes en los lugares donde se realice la actividad
  • Lleva impreso y en lugar visible de la indumentaria deportiva el logo del Ayuntamiento y del Área Municipal de Deportes
  • Comunica cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que financie la actividad subvencionada
  • Justifica con la cuenta justificativa (memoria de actuación y memoria económica) antes del 30 de noviembre; los pagos del último trimestre, hasta el 15 de enero del año siguiente
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club o una entidad deportiva legalmente constituida
  • Estás inscrito en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Langreo
  • Organizas actividades o programas de práctica deportiva de interés general
  • Sois una agrupación de personas físicas o jurídicas que promueve el deporte
  • Vas a organizar una prueba deportiva en la vía pública
  • Tu entidad se dedica a las carreras de montaña, que tienen subvenciones independientes
  • Recibes una subvención nominativa del Ayuntamiento de Langreo
  • No estás inscrito en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias
  • Tienes deudas de derecho público con el Ayuntamiento por la vía de apremio
  • No has justificado los gastos de subvenciones anteriores del Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Recibes una subvención que financia parte del proyecto: nunca más del 80% del presupuesto de la actividad subvencionada. El reparto es proporcional, según la puntuación que obtenga tu solicitud sobre la suma de puntuaciones de todos los solicitantes, y si la fórmula da más de lo que pediste solo se concede el importe solicitado. Cobras el 80% de la subvención al publicarse la resolución de concesión y el 20% restante después de justificarla en tiempo y forma, siempre que la ayuda concedida sea igual o superior a 1.500€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en los registros exigidos y al corriente de sus obligaciones

  2. Rellena la solicitud del Anexo I con todos y cada uno de sus apartados

  3. Prepara el proyecto técnico y económico detallado del Anexo VI, con toda tu actividad en uno solo

  4. Presenta la solicitud y la documentación en el registro del Ayuntamiento o en su sede electrónica dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín del Principado

  5. Aporta la documentación que falte en el plazo improrrogable de diez días hábiles si te lo requieren

  6. Presenta la cuenta justificativa en papel en el departamento de Intervención del Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I
  • Fotocopia del NIF del representante y, en su caso, del CIF de la entidad
  • Fotocopia del número y registro de la entidad en la Dirección General correspondiente
  • Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud: escritura de constitución o modificación, o certificado de la Secretaría de la entidad
  • Declaración de otras subvenciones o ayudas solicitadas para las mismas actividades (Anexo II)
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones (Anexo III)
  • Fichero de acreedores o ficha de terceros (Anexo IV), o declaración sobre ficha de acreedores (Anexo V)
  • Proyecto técnico y económico detallado de la actividad (Anexo VI)
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, si no autorizas al Ayuntamiento a consultarlo
  • Solicitud de prueba deportiva en la vía pública (Anexo IX), si vas a organizar una

Preguntas frecuentes

Mi club organiza carreras de montaña, ¿puedo pedirla?
No. Pueden concurrir clubs y entidades de todas las disciplinas deportivas excepto las de carreras de montaña, que disponen de subvenciones independientes. Tampoco pueden concurrir las entidades que reciben subvención nominativa del Ayuntamiento.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras financiaciones. Ahora bien, la suma de las subvenciones municipales y de otras administraciones públicas no puede superar el 80% del coste de la actividad o proyecto subvencionado.
¿Cómo se decide cuánto me dan?
Se multiplica la puntuación obtenida por la cantidad global a repartir y se divide entre la suma de las puntuaciones de todos los solicitantes. Si el resultado supera lo que solicitaste, se concede como máximo ese importe solicitado.
¿Puedo justificar gastos pagados en efectivo?
Solo se admiten pagos en metálico cuando el gasto sea inferior o igual a 300 euros, y se acreditan con un 'recibí' con firma, fecha y sello del emisor en la propia factura o con recibo de la empresa emisora.
¿Cuándo hay que justificar la subvención?
El plazo máximo termina el 30 de noviembre de cada año. Los pagos efectuados durante el último trimestre pueden justificarse hasta el 15 de enero del año siguiente, y la justificación se presenta de forma presencial en papel en el departamento de Intervención.

Fuentes oficiales

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