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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Servicios sociales
Servicios sociales Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades sociales para integración ciudadana

Mínimo 10.000€ por proyecto de integración ciudadana en la Comunitat Valenciana

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Generalitat Valenciana para proyectos de integración ciudadana de personas extranjeras.
Para quién
Entidades privadas sin ánimo de lucro que trabajan en integración ciudadana en la Comunitat Valenciana.
Cuánto
  • Mínimo 10.000€ por proyecto; el importe se reparte de forma proporcional a la puntuación obtenida
    Situación de tu entidadCuantía máxima que puedes solicitar
    No has sido beneficiaria antes de esta línea10% del importe de la línea
    Ya has sido beneficiaria de esta línea30% del importe de la línea
    La cuantía finalmente concedida tampoco puede ser inferior a 10.000€ por proyecto: por debajo de esa cifra el proyecto se considera no subvencionable.
Qué cubre
  • Gastos corrientes del proyecto, con un tope por partida
    PartidaMáximo sobre la cuantía concedida
    Retribuciones y gastos del personal ligado al proyecto65%
    Arrendamiento de locales7%
    Material de oficina no inventariable7%
    Locomoción y dietas5%
    Reparación, mantenimiento y conservación5%
    Suministros del local5%
    Asesoría fiscal, laboral o contable5%
  • Material específico del proyecto, seguros de accidentes o responsabilidad civil y gastos de difusión y publicidad
  • Cursos dirigidos a las personas beneficiarias, jornadas y seminarios, y maquetación, edición e impresión de estudios
Requisitos
  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el Registro de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana
  • Tienes sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana
  • Tus estatutos recogen como finalidad las actividades del programa al que te presentas
  • Tu proyecto alcanza al menos 50 puntos en la valoración total

    Además del mínimo global, necesitas 15 puntos en calidad técnica del proyecto, 8 puntos en viabilidad económica y 8 puntos en estructura, capacidad de gestión y experiencia de la entidad.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto dentro del mismo ejercicio en que se publica la convocatoria
  • Justifica ante el órgano concedente la realización de la actividad y el cumplimiento de su finalidad
  • Haz visible que la acción está subvencionada por la Generalitat incorporando el logotipo de la conselleria en el material y la difusión
  • Comunica cualquier otra ayuda que obtengas para la actividad, antes de justificar los fondos
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero que se te requieran
  • Conserva la documentación que justifica el uso de los fondos
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad sin ánimo de lucro trabaja con personas extranjeras en la Comunitat Valenciana
  • Quieres poner en marcha escuelas de acogida o programas de mediación intercultural
  • Tu proyecto previene situaciones de exclusión social de personas extranjeras
  • Buscas financiar acciones de mejora de las habilidades de búsqueda de empleo
  • Vas a solicitar al menos 10.000€ de subvención
  • Eres una empresa con ánimo de lucro o una persona física
  • No estás inscrita en el Registro de titulares de servicios sociales de la Comunitat Valenciana
  • No tienes sede central ni delegación permanente en la Comunitat Valenciana
  • Tu proyecto ya está financiado íntegramente por otra administración o entidad
  • El servicio que propones ya está cubierto por un régimen de acción concertada

Cuánto puedes recibir

La cuantía se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtenga tu proyecto, al presupuesto aceptado de gastos subvencionables y al límite presupuestario de la línea. Si tu entidad no ha sido beneficiaria antes de esta línea, no puedes pedir más del 10% de su importe; si ya lo fuiste, el tope sube al 30%. En ningún caso puedes solicitar menos de 10.000€, y los proyectos cuya ayuda resultante quede por debajo de esa cifra se consideran no subvencionables.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Redacta la memoria explicativa del proyecto, de máximo quince páginas y con el índice numerado que pide la convocatoria

  2. Cumplimenta la solicitud telemática en la sede electrónica de la Generalitat con firma electrónica de la entidad o de su representante

  3. Indica la provincia de la dirección territorial que debe instruir tu expediente, según dónde vayas a desarrollar el proyecto

  4. Adjunta la memoria y la documentación que acredite los méritos que quieres que se valoren

  5. Presenta la solicitud dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto

Documentación necesaria

  • Memoria explicativa del proyecto, de máximo quince páginas, en archivo PDF
  • Tarjeta de identificación fiscal de la entidad
  • Estatutos en vigor donde consten los fines y actividades de la entidad, o declaración responsable con documentos probatorios
  • Declaración responsable de no estar incurso en los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiaria
  • Declaración responsable sobre el plan de igualdad
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Administración Tributaria Valenciana y la Tesorería General de la Seguridad Social, si no autorizas la consulta telemática
  • Declaración responsable de disponer de los certificados negativos del Registro central de delincuentes sexuales, si el proyecto atiende a menores de 18 años
  • Documentos acreditativos del trabajo en red
  • Resolución de adhesión al protocolo de espacio libre de LGTBIQ+fobia, o documento que acredite haberla solicitado

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos?
Cada entidad solo puede presentar una solicitud por cada línea presupuestaria de la convocatoria. Si presentas más de una, se entiende que optas por la última que haya entrado en el registro.
¿Puedo cobrar además otra ayuda para el mismo proyecto?
Sí, siempre que el conjunto de ayudas no supere el coste de la actividad. No son subvencionables los proyectos ya financiados íntegramente por otra administración o entidad, ni los servicios cubiertos por un régimen de acción concertada. Si se detecta doble financiación, se revoca la subvención y hay que devolverla.
¿Qué pasa si no publican la resolución a tiempo?
El plazo máximo para resolver y publicar es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si transcurre sin resolución publicada, puedes considerar desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Qué gastos no me van a admitir?
No son subvencionables los gastos de inversión, el arrendamiento financiero y el renting, los intereses deudores, recargos y gastos financieros, las sanciones administrativas y penales, los gastos de procedimientos judiciales y los gastos extra de hotel o suntuarios.
¿Cómo me entero de si me la han concedido?
La resolución se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web de la Dirección General de Diversidad, e indica los proyectos subvencionados y el importe concedido. Esa publicación tiene efectos de notificación.

Fuentes oficiales

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