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Ayudas Claras
Subvenciones Bizkaia Servicios sociales
Servicios sociales Bizkaia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a proyectos de cohesión social en Getxo

Hasta 9.000€ por entidad para proyectos de cohesión social en Getxo.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del ayuntamiento de Getxo para proyectos de interés en el ámbito de la cohesión social.
Para quién
Entidades, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro con sede o delegación en Getxo.
Cuánto
  • Hasta el 100% del proyecto presentado, con un tope según cómo te presentes
    Cómo te presentasCuantía máxima
    Entidad de Getxo a título individual9.000€
    Proyecto presentado en consorcio entre entidades de Getxo20.000€
    La cuantía máxima por entidad sumando todas las líneas de la convocatoria a las que tenga derecho a presentarse es de 12.000€. Ese límite no se aplica si te presentas en consorcio.
Qué cubre
  • Gastos directos del proyecto: materiales, gastos de personal, contrataciones externas, viajes y estancias necesarias, publicidad y traducción
  • Gastos indirectos, hasta un máximo del 5% de la subvención solicitada al ayuntamiento
  • Bienes inventariables, si motivas adecuadamente que son necesarios para el proyecto
Requisitos
  • Eres una entidad, asociación o fundación con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro
  • Estás registrada en el registro público que te corresponda con al menos un año de antigüedad
  • Tienes sede o delegación en Getxo y estás inscrita en el registro de entidades del municipio
  • Desarrollas actividades en el ámbito de la cohesión social
  • Desarrollas el proyecto íntegramente en Getxo
  • Si tienes más de 50 personas trabajadoras, cuentas con plan de igualdad cuando te es exigible y con medidas contra el acoso sexual
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el programa sin modificarlo sin la conformidad previa del área de cohesión social
  • Justifica el 100% del gasto total ejecutado en el proyecto
  • Conserva los documentos justificativos de la aplicación de los fondos durante 4 años
  • Haz constar la colaboración del ayuntamiento en la publicidad, con su logotipo como colaborador
  • Usa lenguaje e imágenes inclusivas y haz bilingüe la cartelería, la publicidad y las comunicaciones
  • Recoge en las memorias justificativas la información desagregada por sexo de las personas participantes
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad, asociación o fundación sin ánimo de lucro con personalidad jurídica
  • Tienes sede social o delegación en Getxo y estás en el registro de entidades del municipio
  • Tu proyecto se desarrolla íntegramente en Getxo
  • Trabajas en igualdad, interculturalidad, juventud, envejecimiento activo o diversidad funcional
  • Quieres presentar un proyecto en consorcio con otras entidades de Getxo
  • Tu entidad lleva menos de un año registrada en el registro público que le corresponde
  • El proyecto se desarrolla, aunque sea en parte, fuera de Getxo
  • La actividad es competencia de otras instituciones públicas o de otras áreas municipales
  • Tu entidad tiene más de 50 personas trabajadoras y no cuenta con plan de igualdad cuando le es exigible
  • Tu entidad ha sido sancionada por prácticas discriminatorias por razón de sexo

Cuánto puedes recibir

Puedes solicitar hasta el 100% del presupuesto del proyecto, con un tope de 9.000€ si tu entidad se presenta a título individual y de 20.000€ por proyecto presentado en consorcio entre entidades de Getxo. Sumando todas las líneas de la convocatoria, una entidad no puede recibir más de 12.000€, salvo que concurra en consorcio. El abono es anticipado, como financiación para poder llevar a cabo las actuaciones, y no se paga si en ese momento no estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. Si el importe que te conceden queda por debajo del 75% de lo pedido y la financiación del proyecto no está garantizada, te pedirán que lo reformules en cinco días hábiles.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el registro de entidades de Getxo

  2. Prepara el proyecto, que debe desarrollarse íntegramente en el municipio

  3. Rellena la solicitud normalizada y reúne los estatutos, la identificación fiscal y el certificado de inscripción

  4. Presenta la solicitud por la oficina de administración electrónica del ayuntamiento entre el 1 y el 20 de septiembre de 2026

  5. Reformula el proyecto en cinco días hábiles si te lo piden por conceder menos del 75% de lo solicitado

  6. Justifica el gasto con la memoria justificativa en el plazo de un mes desde que termina la actividad

Documentación necesaria

  • Solicitud normalizada (Anexo 0)
  • Fotocopia del código de identificación fiscal de la entidad
  • Fotocopia de los estatutos de la entidad
  • Fotocopia del certificado de inscripción en el registro de asociaciones que corresponda
  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos en materia de igualdad de mujeres y hombres
  • Certificados de estar al corriente con la Hacienda foral o estatal y con la Seguridad Social, si te opones a que se pidan de oficio

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
Cada entidad que cumpla los requisitos puede presentar una única solicitud en la línea 1 y un único proyecto en la línea 2.
¿Cuándo puedo ejecutar y justificar el proyecto?
En la línea 2 la subvención puede ejecutarse desde el 1 de enero de 2026 y hasta un máximo de 12 meses desde la resolución de concesión, y se justifica en el plazo máximo de un mes desde que finaliza la actividad.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con las de otras instituciones públicas o privadas para el mismo objeto, pero sin sobrefinanciación: el total subvencionado no puede superar el coste de la actividad. Si lo supera, hay que devolver la parte proporcional.
¿Qué gastos no se admiten?
Los intereses deudores de las cuentas bancarias, las comisiones por descubierto, los recargos e intereses de demora, las penalizaciones bancarias, las sanciones, los gastos de procedimientos judiciales y los impuestos indirectos recuperables.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para dictar resolución es de 6 meses desde que acaba el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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