Ayudas a familias de Béjar para campamentos de verano
Hasta 50€ por campamento y niño para familias bejaranas con hijos de 3 a 16 años
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Béjar para los gastos de los campamentos de verano de los niños y niñas.
- Para quién
- Familias bejaranas con niños y niñas que han participado en campamentos desarrollados en el municipio.
- Cuánto
- Hasta 50€ por cada campamento y niño, sin superar el coste del campamento
- Qué cubre
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- Los gastos de participación de tus hijos en campamentos desarrollados en Béjar
- Actividades de verano organizadas en el municipio por asociaciones, empresas, clubes deportivos y centros educativos e infantiles, públicos o privados
- Un mes completo de campamento o la parte proporcional si es por quincenas
- Requisitos
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- Tu hijo o hija está empadronado en Béjar, con alta anterior al 1 de enero de 2026
- Tu hijo o hija tiene de 3 a 16 años cumplidos en el año 2026
- Los ingresos de tu unidad familiar no superan el umbral de renta de la convocatoria
El límite es de 25.000,00 € anuales para familias de hasta cuatro miembros o familias monoparentales de hasta tres, y se incrementa en 2.000 € para familias numerosas, que deben acreditar ese reconocimiento. La renta familiar se calcula sumando la base imponible general y la base imponible del ahorro de la declaración de la renta de 2025 de todos los miembros con ingresos (casillas 435 y 460). Si no puedes acreditarla con la declaración, tendrás que aportar otra documentación de ingresos.
- Presentas la solicitud y la documentación requerida dentro del plazo de la convocatoria
- No tienes deudas tributarias con el Ayuntamiento de Béjar hasta la resolución definitiva, salvo que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Declara bajo tu responsabilidad que aceptas las bases y que cumples los requisitos exigidos
- Mantente sin deudas tributarias con el Ayuntamiento de Béjar hasta la resolución definitiva
- Aporta el justificante de fraccionamiento o aplazamiento si tienes deudas aplazadas con el Ayuntamiento
- Subsana tu solicitud en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere
- Presenta alegaciones en 10 días hábiles si no estás de acuerdo con la propuesta de resolución provisional
- Consulta el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, donde se publican las resoluciones con efectos de notificación
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu hijo o hija está empadronado en Béjar con alta anterior al 1 de enero de 2026
- Tu hijo o hija tiene entre 3 y 16 años cumplidos en 2026
- Tu hijo o hija ha participado en un campamento celebrado en el municipio de Béjar
- El campamento se desarrolló entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2026
- Tu unidad familiar de hasta cuatro miembros no supera 25.000,00 € de ingresos anuales
- Eres el padre, la madre o el tutor legal del menor que participó
- El campamento duró días sueltos, semanas o menos de 15 días
- El campamento incluye pernoctas
- El campamento se desarrolló fuera del municipio de Béjar
- Tu hijo o hija no está empadronado en Béjar
- Tienes deudas tributarias sin aplazar con el Ayuntamiento de Béjar
- Los ingresos de tu unidad familiar superan el umbral de la convocatoria
Cuánto puedes recibir
Recibes un máximo de 50€ por cada campamento y niño en esta convocatoria de 2026. La ayuda se calcula por un solo mes completo, o la parte proporcional si el campamento es por quincenas, y nunca puede superar el coste del campamento. Al concederse por concurrencia competitiva, las solicitudes válidas se ordenan de menor a mayor nivel de renta hasta agotar el crédito. El pago se hace por transferencia bancaria a nombre del padre, la madre o el tutor que presentó la solicitud, una vez publicada la resolución definitiva.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que el campamento se celebró en Béjar entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2026
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Reúne la documentación obligatoria, incluida la factura de la inscripción al campamento
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Rellena la solicitud del Anexo II con la declaración responsable y el número de cuenta
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Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en el registro de entrada del Ayuntamiento de Béjar o en su sede electrónica, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín de la provincia
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Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios de la sede electrónica y alega si procede
Documentación necesaria
- Solicitud y declaración responsable (Anexo II)
- Fotocopia del DNI del solicitante (progenitor o representante legal)
- Fotocopia de la declaración de la renta de 2025 de todos los miembros de la unidad familiar, o documento que acredite que no hay obligación de presentarla
- Libro de familia, con las hojas en las que figuren todos los miembros de la unidad familiar, y acreditación del reconocimiento de familia numerosa si es tu caso
- Copia auténtica de la sentencia judicial firme de separación con el convenio regulador, si los progenitores están separados
- Factura de la inscripción al campamento
- Número de cuenta bancaria para recibir el ingreso
- Volante de empadronamiento o la autorización del Anexo II para que el Departamento de Servicios Sociales lo consulte
- Justificante de fraccionamiento o aplazamiento, si tienes deudas o sanciones aplazadas con el Ayuntamiento de Béjar